La prohibición establecida en el artículo 48 de la Ley 43 de 1990, que implica no poder vincularse a la empresa en la cual se tenía el cargo de Revisor Fiscal, no aplicaría a los Revisores fiscales que nunca hayan ejercicio el cargo. Así lo confirmó la Supersociedades en reciente concepto de Diciembre de 2010
Contenido:
-Repaso sobre la inhabilidad establecida en el artículo 48 de la Ley 43 de 1990 para los contadores públicos
-Estudio del Concepto concepto 115-155339 de Diciembre 23 de 2010 de la Supersociedades
Material Relacionado:
• Concepto 115-155339 de 2010
• Diferencias entre auditoría externa y revisoría fiscal
• Si se aplica la circular de supersociedades en marzo de 2009 se tendrá que rotar a ciertos revisores fiscales
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