Principios constitucionales del Derecho Penal
Uploader Comments (terragnima)
All Comments (13)
-
en esta lógica, el derecho penal no solo responde a una cohesión interna entre sus postulados (acción-tipicidad-antijuridici
dad-culpabilidad) sino que obedece indudablemente al acoso externo (principios y valores rígidos de carácter constitucional), como los derechos fundamentales, los principios generales de derecho, etc. por que estos últimos son los que permitirán redireccionar las fuerzas del poder punitivo, evitando los excesos de violencia. -
...ha mantenido de forma latente la idea de que el derecho penal no debe ser "acosado" por otras ramas del saber juridico. entendiendo al derecho penal como mal necesario, es decir, como limite al poder punitivo del estado (o en palabras mas sinceras, el derecho penal, para evitar heridas traumaticas sobre los individuos, le quitara el machete de la mano al Estado, para ofrecerle un cuchillo, disminuyendo y no eliminando el daño potencial sobre estos). en esta logica...
-
podría decirse que históricamente el problema de los penalistas ha sido su excesivo nivel de ego. su pretensión de crear un saber, con sus propias herramientas, su propio lenguaje bajo categorías neutrales/iguales, con el fin de decidir la suerte de un sujeto (condenado) y alejado (en la praxis) de los principios generales de derecho convirtiéndolo en un saber ideológico con pretensiones de control y dominación...
-
Es mismo el problema con el Neo-Constitucionalismo, que todo toma base de la misma constitucion, en base a los Derechos Fundamentales, el derecho penal debe de tomar sus propios marcos, no estar tan supeditado a la carta magna, pero al no estarlo, no habria limite alguno para controlarlo, por que lo que puede haber arbitrariedad, entonces en buen sentido es bueno que la Constitución regule en cierto sentido al Derecho Penal, pero no llegando el punto de ¨acosarlo¨.Saludos desde Colombia-B/Quilla
-
que larga q la haecn por dios por eso odio cursar
-
Si bien es cierto que con el Neoconstitucionalismo propone una sistematización de todo el ordenamiento jurídico subordinado a la constitución (derechos fundamentales), es decir, no puedes interpretar, hacer y aplicar derecho penal a partir de los marcos rígidos establecidos por la constitución. por lo tanto creo que debería reformularse el problema. no indagar sobre los PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO PENAL, si no hablar de "LIMITES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO PENAL.
-
recientemente estudie lo q dice..
son los consagrados en el Art 18 y 19, los se pero no quiero embolarlos..
jajaja no trato de hacerme el langa, es q me gusta el tema
-
brillante!!!!
-
alguein sabe quien es este persona?
Es Dr. Marco Antonio Terragni, de la ciudad de Rafaela. Prov de Santa Fe
terragnima 1 year ago