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En este vídeo muestro la forma de liquidar el Impuesto a la Renta para las personas que se encuentran bajo el Régimen de 2da Categoría.
Este impuesto grava las enajenaciones de inmuebles que no sean casa-habitación y el contribuyente es no habitual
Conforme a la Primera Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo N°945 al haber adquirido un inmueble después del 01 de enero del 2004.
Para cualquier consulta gratuita solicitarla por escrito a
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