Con la nueva Ley 1429 de 2010, en la elaboración y entrada en vigencia del Reglamento Interno de Trabajo ya no interviene previamente el Inspector de Trabajo, sólo participará de manera subsidiaria en casos muy especiales y de manera posterior. Trámite que ahora se debe seguir en su elaboración.
Contenido:
• Participación previa del Inspector en el procedimiento anterior
• Nuevo procedimiento de elaboración y entrada en vigencia del Reglamento sin intervención del Inspector.
• Caso particular donde participará el Inspector de manera posterior.
• Publicación, notificación y vigencia inmediata.
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cada cuanto se actualiza el reglamento interno de la empresa
critina26 2 months ago
Exelente informacion. Gracias
mlms 1 year ago