Pensión Alimenticia, los padres deben cubrirla en primera instancia, cuando hay separación, el que no viva con el o los menores debe proporcionarla y quien tiene la custodia debe recibirla en nombre de sus hijos o demandarla en su caso aunque tenga estabilidad económica porque es un derecho de los menores y ellos no pueden hacerlo valer en los Tribunales y en este caso se les debe guardar en una cuenta hasta su mayoría de edad o en un fideicomiso para que la disfruten en su oportunidad. Si el obligado se niega a proporcionarla, además de cometer el delito de abandono de persona y riesgo de perder su libertad, pasa la obligación a sus padres o hermanos en su caso.
los hijos no son cheques en blanco con varios ceros a la derecha
ministerialcarolina 4 days ago
@ministerialcarolina De acuerdo con usted, los hijos son seres humanos con derechos y que durante su minoría de edad se les tiene que hacer valer por parte del padre o tutor con quienes vivan. Saludos.
abogando 3 days ago
Es cierto lo que comenta, desafortunadamente así sucede en algunos casos y los Jueces se desvinculan de dicha situación aunque lo perciban... es un gran problema y créame que día a día pugnamos con nuestra única arma, la Ley y nuestra experiencia para evitar tal situación, pero hay abogados que se especializan en manipular situaciones. Saludos.
abogando 1 year ago