Uploaded by davidfebo on Oct 30, 2011
El rector de la universidad nacional -Moisés Wasserman- habla de la inversion que esta presupuestada por parte del gobierno en la reforma a la ley 30 en los proximos 10 años, en el debate publico con presencia de la actual ministra de educacion y que se llevo a cabo el 26 de octubre de 2011.
Articulo que trata el rector desde el minuto 3:52 hasta 8:13:
ARTÍCULO 146. A partir del año 2012 y hasta el 2014 la Nación asignará recursos adicionales al Ministerio de Educación Nacional equivalentes a tres puntos reales respecto a los aportes de la Nación asignados a las Instituciones de Educación Superior estatales en el año inmediatamente anterior. El cincuenta por ciento (50%) (1.5 puntos) serán transferidos por el Ministerio de Educación Nacional en la misma proporción de los aportes de la Nación en el año 2011. El cincuenta por ciento (50%) (1.5 puntos) restante será distribuido entre las Instituciones de Educación Superior estatales, según el grado de complejidad de las instituciones y el aporte que reciban del Estado. Estos últimos recursos estarán destinados a financiar:
a. La generación de nuevos cupos teniendo en cuenta el área del conocimiento, y el nivel y la modalidad del programa respectivo, así como los programas de regionalización, la presencia en zonas de frontera, y la atención a población vulnerable.
b. El reconocimiento de la productividad académica de los docentes, teniendo en cuenta las distintas formas de protección de la propiedad intelectual.
c. La formación del recurso docente.
d. El fortalecimiento de la capacidad de investigación e innovación.
Los recursos de que trata este artículo incrementarán la base presupuestal de las instituciones a la que se refiere el artículo 142 de la presente Ley.
El mecanismo para la distribución de los recursos previstos en este artículo a las Universidades estatales, será definido de manera conjunta entre el Ministerio de Educación Nacional y el Sistema de Universidades Estatales, SUE. El mecanismo para la distribución de los recursos a las demás Instituciones de Educación Superior estatales, será definido por el Ministerio de Educación Nacional y los Rectores de estas instituciones.
Articulo que trata el rector desde el minuto 8:14 hasta 9:22:
ARTÍCULO 147. A partir del año 2015 y hasta el año 2022 se mantendrá una asignación adicional al Ministerio de Educación Nacional de tres (3) puntos reales respecto a los aportes de la Nación asignados a las Instituciones de Educación Superior estatales del año inmediatamente anterior, los cuales serán distribuidos entre dichas instituciones e
Proyecto de Ley por la cual se organiza el Sistema Nacional de Educación Superior y se regula la prestación del
servicio público de la educación superior
incrementarán la base presupuestal de las instituciones a la que se refiere el artículo 142 de la presente ley, teniendo en cuenta los resultados obtenidos durante los tres años inmediatamente anteriores en cuanto a formación de estudiantes, Acreditación de Alta Calidad, producción académica, investigativa y de innovación, la ampliación y mantenimiento de cupos teniendo en cuenta el área del conocimiento, el nivel, la modalidad, la ubicación geográfica del programa respectivo y la atención a población vulnerable; la formación del recurso docente; el desarrollo de políticas de gestión y aprovechamiento de la propiedad intelectual; y los avances en la gestión institucional.
El mecanismo para la distribución de los recursos previstos en este artículo a las Universidades estatales, será definido de manera conjunta entre el Ministerio de Educación Nacional y el Sistema de Universidades Estatales, SUE. El mecanismo para la distribución de los recursos a las demás Instituciones de Educación Superior estatales, será definido por el Ministerio de Educación Nacional y los Rectores de estas instituciones.
PARÁGRAFO: En el año 2022, antes de la aprobación del Presupuesto General de la Nación para la siguiente vigencia, el Gobierno Nacional establecerá el valor de los recursos adicionales que transferirá a las Instituciones de Educación Superior estatales en las siguientes vigencias y los mecanismos de distribución.
Articulo que trata el rector desde el minuto 9:41 hasta 12:11:
ARTÍCULO 145.
Articulo que trata el rector desde el minuto 12:15 hasta 13:45:
ARTÍCULO 142.
ARTÍCULO 143.
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@angela157221 El problema es que aunque Moisés Wasserman esta de acuerdo en que la reforma que presenta este gobierno es perjudicial, dice que hay que continuar con las clases, y buscar otros medios para detenerla, como si fuera tan sencillo...
davidfebo 4 months ago
como hiciera para que el rector de la universidad del quindio viera este video. Despues de ver esto no me explico como alfonso londoño orozco esta en contra de el paro que esta en contra de la reforma? evidentemente el rector de uniquindio está de acuerdo con la privatización de la universidad pública y ha tenido la osadía de decirle a los estudiantes que estan locos.
angela157221 4 months ago