Vocera de la oligarquia corrupta apoya dictadura en Honduras 2
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PERO QUE BRUTA ESTA CHICA! NO APRENDIO NADA EN GEORGE MASON! "PARA UN LIBERAL ES IDEAL QUE NO HAYAN FUERZAS ARMADAS, RESULTA WQUE HAY MILITARES DONDE HAY PRESIDENTES Y CONGRESOS QUE NO RESPETAN EL PODER", ESTA BURRA ADMITE QUE MICHELETTI Y SU CONGRESO IRRESPETARON EL PODER Y NO SON LIBERALES, SOLITA SE CONTRADICE ESTA NIÑA ESTUPIDA!
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@jatuntaqui SALUDOS. AHORA QUE ENTRO Y LEO LAS "PARTICIPACIONES DE ENRIGA24 VEO QUE SE ME PASÓ ACLARARLE ALGUNAS COSAS, LA PRINCIPAL, QUE ESTE USUARIO NO SABE LA DIFERENCIA ENTRE UNA CONSULTA NO VINCULANTE Y ELECCIONES, QUE DIGAN EN DONDE Y CUANDO ZELAYA "LLAMO A ELECCIONES"
2.-CONFUNDE "JUICIO POLITICO" CON SACAR A UN PRESIDENTE A PUNTA DE RIFLE DEL PALACION NACIONAL
3.- ZELAYA JAMÁS MODIFICÓ LA CONSTITUCIÓN, CONVOCÓ Y ORGANIZÓ UNA CONSULTA POPULAR NO VINCULANTE
ESTO FUE UN ABUSO. SALUDOS.
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@CINEDIGITAL buena pana esa respuesta les cayo al pelo.
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TAN DEMOCRATICA ESTA MAN QUE EN SU BLOG NO PERMITE COMENTAR SUS VIDEOS... Q TAL EH????
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stonerat666 no se te entiende en tu redacción la idea que pretendes transmitir.
ni la cesión de funciones ni la expulsiónson actos legales, puesto que la cesión se basa en supuestos y en hechos no consumados, nunca existió ni siquiera la consulta NO vinculatoria, así que no habría delito que perseguir, lo demás sale sobrando, la diferencia que intentas hacer de temas no representa ningún cambio sobre el análisis inicial.
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el tema de discucion es de el acto de cesion de funciones no el ,etodo de expulsarlo del pais, son dos hechos diferentes
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La constitucion de honduras no contempla la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, las reformas las hace el Congreso, si no tiene mayoria en el congreso pues qué pena!! Por sabido y por seguir los consejos de papaito correa le salió el tiro por la culata!!!
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Artículo 374. No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente.
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Artículo 373. La reforma de esta Constitución podrá decretarse por el Congreso Nacional, en sesiones ordinarias, con dos tercios de votos de la totalidad de sus miembros. El decreto señalará al efecto el artículo o artículos que hayan de reformarse, debiendo ratificarse por la subsiguiente legislatura ordinaria, por igual número de votos, para que entre en vigencia.
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Zelaya violó la constitución en el momento en que llamó a consulta popular, no son intenciones, son realidades él llamó a elecciones para consulta popular en ese momento viola la constitución, por tanto cabe un juicio político. Lo que pasa es que como muy sabido llama al pueblo ignorante que le cree todo y no sigue los procesos constitucionales y como la mayoría del pueblo no conoce la constitución pues dicen "pobrecito el zelaya sólo quería consultarle al pueblo".
Que pendejadas habla esta,lo unico que me da a pensar es que le tienen que hacer propaganda para diario el universo.
maragoza2007 2 years ago 7
"se le acabaron las lineas que tenia memorizadas".. le diste en el clavo.. jaja
soneroblades 2 years ago 6