Alert icon
We're changing our privacy policy. This stuff matters.  Learn more  Dismiss

TELEFÓNICAS

Loading...

Sign in or sign up now!
Alert icon
Upgrade to the latest Flash Player for improved playback performance. Upgrade now or more info.
1,612
Loading...
Alert icon
Sign in or sign up now!
Alert icon

Uploaded by on Sep 19, 2007

Osiptel establecerá multas para Claro, Telefónica Móviles y Nextel
Por no cumplir con prestar un servicio continuo antes y después del sismo del 15 de agosto

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) inició un proceso sancionador contra las empresas Telefónica Móviles, América Móvil y Nextel del Perú al detectar que no cumplieron con prestar un servicio continuo antes y después del sismo del 15 de agosto. Anunció una multa de 350 UIT (S/.1'207.500) a cada empresa.

"Existen elementos de juicio suficientes que permiten apreciar que existirían incumplimientos a la obligación de continuidad, que constituye una condición esencial de los contratos de concesión celebrados entre dichas empresas y el Estado", precisa el informe del Osiptel, según la agencia Andina.

Este informe fue elaborado por una comisión de alto nivel del regulador que se conformó el 21 de agosto pasado debido a las fallas en el servicio después del sismo.

También resolvió iniciar un proceso sancionador administrativo contra la empresa Telefónica del Perú por haber incumplido con reportar en el plazo establecido las interrupciones del servicio ocasionadas por el terremoto.

El informe señala que no existiría evidencia técnica de que esta empresa haya incumplido con su deber de continuidad del servicio de telefonía fija.

El presidente del Osiptel, Guillermo Thornberry, indicó que las empresas ya han sido notificadas y en los próximos cinco días hábiles deberán presentar sus descargos, los mismos que serán evaluados por la gerencia general del regulador.

En caso se confirme que los operadores han cometido infracciones se procederá a sancionarlos con multas que llegarían hasta las 350 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir S/.1'207.500.

"Las empresas están en su derecho de apelar pero estamos seguros que nuestros argumentos legales y técnicos son sólidos", comentó tras exponer ante las comisiones de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de Servicios Públicos, y de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República.

Además, Thornberry indicó que de comprobarse la infracción los operadores móviles tendrían que devolver a los usuarios lo cobrado durante el período en que se interrumpió el servicio.

Category:

News & Politics

Tags:

License:

Standard YouTube License

  • likes, 0 dislikes

Link to this comment:

Share to:
see all

All Comments (1)

Sign In or Sign Up now to post a comment!
Loading...
Alert icon
0 / 00Unsaved Playlist Return to active list
    1. Your queue is empty. Add videos to your queue using this button:
      or sign in to load a different list.
    Loading...Loading...Saving...
    • Clear all videos from this list
    • Learn more