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Juicio de Noguera Cotes Audiencias preliminares
videos de las transmisiones que realiza el Colectivo de Abogados en torno a las audiencias publicas en el caso Noguera y los vinculos de este como directos del DAS con el paramilitarismo.
Análisis de Resultados: Colombia bajo el Examen de la O.N.U
1. Objetivos del EPU
Los objetivos del examen son: (a) El mejoramiento de la situación de los derechos
humanos en el terreno ; (b) El cumplimiento de las obligaciones y los compromisos del
Estado en materia de derechos humanos y la evaluación de los avances y los retos a los
que se enfrenta; (c) El fortalecimiento de la capacidad del Estado y de la asistencia
técnica, en consulta con el Estado examinado y con su consentimiento; (d) El intercambio de las mejores prácticas entre los Estados y otros actores interesados ; (e) El apoyo a la cooperación en la promoción y protección de los derechos humanos ; (f) El fomento de la plena cooperación y el compromiso con el Consejo, otros órganos de derechos humanos y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
2. Base del examen
Conforme a la resolución 5/1, el examen se basaría en los siguientes documentos :
1-La información preparada por el Estado examinado, que podrá consistir en un informe
nacional, sobre la base de las directrices generales que adopte el Consejo en su sexto
período de sesiones (primer período de sesiones del segundo ciclo) y cualquier otra
información que considere pertinente el Estado examinado, que podrá presentarse
verbalmente o por escrito. La exposición por escrito que resuma la información no deberá exceder de 20 páginas, a fin de garantizar la igualdad de trato a todos los Estados y evitar la sobrecarga del mecanismo. Se alienta a los Estados a que preparen la
información mediante un amplio proceso de consulta a nivel nacional con todos los
actores interesados pertinentes.
2-Además, una compilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos de la información contenida en los
informes de los órganos de tratados, los procedimientos especiales, incluidas las
observaciones y comentarios del Estado examinado, y otros documentos oficiales
pertinentes de las Naciones Unidas, que no excederá de diez páginas.
3-La información creíble y fidedigna adicional que proporcionen otros interlocutores
pertinentes al examen periódico universal, que también deba considerar el Consejo en el
examen. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos preparará un resumen de dicha información que no excederá de diez páginas.
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