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  • Podemos encontrarnos todas las posibilidades que indicas, aunque yo pienso que las vías para automóviles son un tipo de carreteras convencionales, no queda demasiado claro en el Reglamento y no todo el mundo piensa como yo.

  • Tengo una duda, ¿podemos encontrarnos todas las posibilidades?, es decir, ¿pordemos encontrarnos carreteras convencionales, con dos carriles para el mismo sentido con arcen, sin arcen y de un solo carril por sentido con arcen y sin arcen?. De todas formas las vias para automoviles no son carreteras convencionales creo, en el RGC las diferencian.

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