El video en su cuenta difama a las personas nombradas; el expediente de la PGJ de Cd. del Carmen número AP/ZM/PYA/01/04/902/4-2009, resuelve que con fundamento en los artículos 35 fracción 3era del código de procedimientos penales de gente en el estado de Quintana Roo; 68, 76, 79, 81, y, 82 del código penal del estado de Quintana Roo, se determina el NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL POR HABERSE EXTINGUIDO ESTA POR PRESCRIPCIÓN a favor de los querellados.
El video en su cuenta difama a las personas nombradas; el expediente de la PGJ de Cd. del Carmen número AP/ZM/PYA/01/04/902/4-2009, resuelve que con fundamento en los artículos 35 fracción 3era del código de procedimientos penales de gente en el estado de Quintana Roo; 68, 76, 79, 81, y, 82 del código penal del estado de Quintana Roo, se determina el NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL POR HABERSE EXTINGUIDO ESTA POR PRESCRIPCIÓN a favor de los querellados.
Por favor, elimine este video.
MACarcano 4 months ago